Las cláusulas abusivas en otros productos bancarios

Como hemos visto, las cláusulas abusivas son disposiciones contractuales que no han sido negociadas ni establecidas previamente por las dos partes firmantes, sino que han sido impuestas unilateralmente por, en este caso, una entidad bancaria, aprovechándose de su posición de privilegio.

Estas cláusulas pueden encontrarse en muchos productos financieros, aunque son más frecuentes en todo tipo de créditos, especialmente en los préstamos hipotecarios. Sin embargo, estas prácticas abusivas no son exclusivas de estos préstamos. A continuación analizamos cuáles son las señales a las que tenemos que estar atentos ante la contratación de cualquier producto bancario.

Señales en otros productos bancarios

Contratación. Si está del todo claro el contrato que vayas a firmar con la entidad, es mejor que no pidas más información. Si aun así no te acaba de convencer, no lo firmes.

Cambios. Si la entidad bancaria se reserva el derecho de realizar en cualquier momento modificaciones de las condiciones que se han firmado en un principio, comunicándola con dos meses de antelación, y ésta aprovecha este derecho para cambiar el contrato de manera unilateral, estarás a ante una cláusula abusiva. Esto puede ser motivo para rescindir el contrato.

Intereses de demora. Como ya hemos visto, en ocasiones, el pago atrasado de las cuotas comporta unos intereses muy elevados, a veces superiores a lo que se ha firmado en el contrato.

Gastos adicionales. Si como cliente debes pagar gastos adicionales como el servicio de envío por correo de los extractos, no firmes el contrato.

Nuevas disposiciones. Cualquier alteración de las condiciones iniciales puede ser signo de cláusula abusiva. Habrá que comunicarlo inmediatamente a la entidad y negociar que mantenga la situación previa. De no ser posible, debes exigir la cancelación del contrato.

Abusos en las tarjetas de crédito

Las cláusulas abusivas también pueden darse los contratos de tarjetas de crédito. Así, se trata de un producto que acumula muchas reclamaciones. Las más frecuentes son debido a un aumento de los intereses de forma unilateral y sin justificación.

En otras ocasiones, el banco no indica el coste anual que puede tener la tarjeta, haciendo saber tan sólo la cuota mensual o el TAE. Sólo podemos conocer el gasto total si leemos la letra pequeña del contrato.

Por suerte, las entidades bancarias están actualmente obligadas a responder, por ejemplo, ante el robo o pérdida de la tarjeta de crédito y a hacerse responsable del dinero que pudiera ser sustraído.

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